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“Acuerdo de la Mesa Sectorial de negoción de personal docente sobre calendario y fijación de determinados criterios básicos aplicables a los procedimientos selectivos del periodo 2018-2022”
RAZONES POR LAS QUE SUATEA HA FIRMADO ESTE ACUERDO
Como es sabido, SUATEA-STEs no firmamos el “Acuerdo para la Mejora del Empleo Público” de 29 de marzo firmado en Madrid, con carácter estatal, entre el gobierno y algunas organizaciones sindicales. Ya explicamos en su momento que compartimos el objetivo de reducir la alta tasa de interinidad docente (25% en el Estado, 31% en Asturias) al 8%, pero que dicho acuerdo es inasumible porque puede significar un auténtico ERE en el sector al consolidar plantillas, pero no al personal docente que ocupa interinamente esas plazas. Situación que se acentúa en Asturias debido al actual Acuerdo de profesorado interino que vincula las listas de aspirantes a la nota de las oposiciones.
También es conocida nuestra propuesta a favor de un proceso extraordinario que sirva para consolidar el empleo de las personas que llevan años trabajando como personal funcionario interino. Pese a que tanto la administración como algunas organizaciones sindicales dicen que esto no es posible por vulnerar preceptos legales sancionados por el Tribunal Constitucional, llegando algunos a acusarnos de mentir al profesorado interino, seguimos pensando que dicha propuesta sería perfectamente legal, si hubiera voluntad política, en base al artículo 61.6 del Estatuto Básico del Empleado Público que dice textualmente:
“Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.
Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de los méritos”
Queda claro en el segundo párrafo del artículo que nuestra propuesta tiene encaje legal a condición de que se apruebe una ley (decisión política) y de que se dé una circunstancia excepcional. A nuestro entender, las tasas de interinidad antes mencionadas suponen una excepcionalidad que justificarían la aplicación del citado artículo.
Ante la negativa de la administración a aceptar nuestra propuesta llegamos a un acuerdo de mínimos con todas las organizaciones presentes en la Mesa Sectorial, excepto una, tanto en Madrid como en Asturies, tendente a minimizar los efectos negativos derivados del acuerdo de 29 de marzo. El más importante, el que las pruebas no sean eliminatorias; cuestión ésta también rechazada por el MECD.
Es en este contexto en el que la Consejería de Educación de Asturies propuso hoy la firma de un acuerdo en Mesa Sectorial que en sus cláusulas recoge aspectos sobre calendario y fijación de determinados criterios básicos aplicables a los procedimientos selectivos del periodo 2018-2022 (básicamente, coordinación con otras CCAA y calendario de convocatorias de los distintos cuerpos a convocar cada año). Pese a que éste acuerdo remite en su preámbulo (parte expositiva, no normativa) al precitado acuerdo de 29 de marzo, no compartido por SUATEA por las razones expuestas, hemos decidido subscribirlo en su parte normativa (diferentes cláusulas que lo componen y por tanto de obligado cumplimiento) para poder hacer seguimiento exhaustivo de cada una de ellas. No haberlo suscrito hubiera significado no estar presentes en las Mesas Sectoriales en las que se concretará la ejecución de las ofertas de empleo público docente en Asturias en los próximos cinco años y, por tanto, la imposibilidad de defender al profesorado interino en línea con nuestra acción sindical desarrollada a lo largo de muchos años.
http://suatea.org/wp-content/uploads/2017-12-AcuerdoMesasectorial-oposiciones_-2018_2022.pdf
Uviéu, 21 de diciembre de 2017
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