Informe de la reunión sobre oposiciones / Propuestas de SUATEA

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Ante la reunión celebrada en la Consejería de Educación con la Junta de Personal Docente, celebrada el pasado viernes, 18 de marzo de 2016, desde SUATEA queremos hacer las siguientes consideraciones:

Manifestar nuestro rechazo ante el hecho de que por parte de la Consejería dirijan la reunión dos personas del equipo técnico sin la presencia de los responsables políticos. El mismo Consejero reconoció públicamente que hubo disfunciones en convocatorias anteriores y afirmó que se mejorarían las oposiciones en cuanto a transparencia y seguridad de los aspirantes. Por tanto, entendemos que esta propuesta presentada, en la que se da marcha atrás a lo inicialmente prometido públicamente por el Consejero, debe ser explicada y defendida directamente por quien tiene la responsabilidad última en la toma de decisiones. Además, reivindicamos que se abran auténticas mesas de negociación y que no se dé trámite a asuntos de este calado mediante mesas informativas en las que las Organizaciones sindicales ejercemos de “convidados de piedra” de la Administración.

Por otra parte, instamos a la Administración asturiana a que tenga en cuenta que a día de hoy se han convocado procesos selectivos en Cantabria y Castilla León. En ambas convocatorias se pueden observar una serie de mejoras y de consideraciones que facilitan sustancialmente el desarrollo de los procesos selectivos, tanto a los aspirantes como a los miembros de los tribunales de esos territorios. En Asturias, una vez más, y a sabiendas de todas las disfunciones, se mantiene un modelo que discrimina y añade dificultades a los opositores de esta Comunidad.

En otro sentido, instamos a esta Administración a que tenga en cuenta las consecuencias que esta convocatoria de oposiciones, unida al Acuerdo de gestión de listas de profesorado interino, pueden tener en el colectivo afectado por esta convocatoria, cuyo futuro profesional es muy incierto. Insistimos en que el profesorado interino asturiano está siendo discriminado respecto al profesorado de otros territorios y, por tanto, esta Consejería debe dar respuesta inmediata a las reivindicaciones de este colectivo.

Por todo ello, hacemos entrega mediante este escrito de las propuestas que desde SUATEA se presentaron en la reunión el pasado viernes, tanto las referidas a apartados concretos del borrador de la Resolución de convocatoria de los procesos selectivos, como otras aportaciones que habíamos enviado a la Administración con anterioridad. Para ello, instamos a la Administración a que tenga en cuenta las alegaciones presentadas, que sin duda redundarán en un procedimiento selectivo más transparente.

ALEGACIONES DE SUATEA A LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PROCESOS SELECTIVOS  (ver documento provisional de convocatoria)

1.1. Las plazas vacantes presentadas incluyen en algunas especialidades, además de las aprobadas en oferta de empleo público docente, cerca de un 40% más para acceso de los funcionarios de cuerpos docentes a otros cuerpos docentes incluidos en un subgrupo de clasificación superior. Desde SUATEA, ni entendemos ni compartimos tan alto porcentaje de plazas para promoción interna, pues esto significará el despido de centenares de profesoras y profesores interinos del Cuerpo de Secundaria. Como ejemplo, en las especialidades de Lengua, Geografía e Historia, Matemáticas, Biología y Geología, Inglés, etc., supondrá que el profesorado interino quedará en una situación muy delicada. Queremos recordar que en convocatorias anteriores de Asturias y en las de otras CCAA se han incluido un 10% de plazas para promoción interna, al igual que en la convocatoria de Cantabria de 2016.

3.7. En cuanto a las tasas, consideramos que son demasiado elevadas y que se debieran recoger exención de tasas a personas en situación de desempleo, ni familias numerosas, etc.

Además, animamos a que se facilite el pago de las tasas con tarjeta de crédito o débito.

5.3. En lo relacionado con las dispensas para formar parte de los tribunales, consideramos que deben incluirse la exención por haber sido tribunal en convocatoria anterior o quienes tengan hijo o hija menor de tres años. En Cantabria y Castilla León se recoge esta posibilidad. Además, no están claras las causas de exención que afectan a las personas delegadas de la Junta de Personal.

5.11. En este apartado se introduce la posibilidad de incorporar asesores especialistas y ayudantes a los tribunales. Consideramos que los tribunales deberían justificar esa necesidad y que la designación debe hacerse por sorteo entre un número de especialistas propuestos.

6.1. Entendemos que es necesario un acto de presentación en el que se den instrucciones sobre el proceso y se expliquen los criterios de corrección y valoración. De no incluir este acto,  estos criterios debieran publicarse con una anterioridad precisa o incluso en la Resolución, como hacen en territorios como Murcia, Aragón, etc. En el apartado 5.10.1, se dice que se publicarán con anterioridad a la primera prueba estos criterios de valoración, pero no se especifica cuándo y consideramos que debería garantizarse el tiempo suficiente que permita que los aspirantes puedan realizar el desarrollo de las pruebas conforme a esos criterios sin verse sometidos a la improvisación. En las convocatorias de Cantabria y Castilla león incluyen acto de presentación y publicación de los criterios de corrección y valoración.

6.2. Entre las causas de exclusión del procedimiento selectivo se incluye la no comparecencia al llamamiento único, salvo cuando esté motivadas “por la hospitalización por motivos de embarazo y/o parto”. Entendemos que  debiera incluirse cualquier causa de fuerza mayor que impida comparecer a los aspirantes.

7.2.1.1. En relación con la prueba práctica (Parte A), se hace una referencia muy genérica de los ejercicios que puede contener esta prueba para todas las especialidades, lo que supone que los opositores vayan “a ciegas” y que no sepan cómo deben preparar y abordar esta prueba. Entendemos que en esta Resolución se debe incluir un anexo que incluya las características de la prueba práctica de cada especialidad, como ha ocurrido hasta la fecha en el resto de territorios. En Cantabria están explicitados los contenidos de estas pruebas, incluso con más detalle que en ocasiones anteriores.  En las convocatorias anteriores de diferentes territorios se incluye anexo de los criterios de la prueba práctica.

Por  otra parte,  no se garantiza el anonimato de los aspirantes en la primera prueba.  Asturias es una Comunidad Autónoma muy reducida y no se puede obviar que es fácil que se puedan conocer algunos aspirantes y miembros del tribunal, lo que iría en contra del principio de igualdad que debe primar en cualquier proceso de este tipo. Por ello, consideramos que garantizar el anonimato de los opositores es prioritario para que todos los aspirantes vayan en igualdad de condiciones. En muchos territorios (Cantabria, Andalucía, La Rioja, País Vasco, País Valenciano, Castilla la Mancha, etc.) no se realiza lectura pública para preservar el anonimato en la primera prueba y así aparece reflejado en las respectivas convocatorias. El propio RD 276/2007 establece en su artículo 10.1h) esta posibilidad.

7.2.1.2.1. En cuanto a la programación docente, se establece que deben hacer referencia a los  currículos LOMCE, cuando en 2º y 4º de ESO y 2º de Bachillerato todavía se funciona por currículo LOE. Por tanto, entendemos que debiera darse la posibilidad de que los aspirantes elijan entre LOE y LOMCE. En Cantabria, se recoge esta posibilidad.

Por otra parte, no estamos de acuerdo con la extensión que se otorga a la programación. Nos parece totalmente insuficiente que sólo pueda incluir 30 hojas. Por otra parte, consideramos muy rígido que se propongan quince unidades didácticas, pues no todas las materias ni todos los niveles son iguales. Consideramos que se debiera incluir una horquilla de unidades didácticas entre 10-15 ó 12-15. En Cantabria y Castilla León, la programación debe incluir 60 hojas y las unidades didácticas deben ser entre 10 y 15.

8.1. En cuanto a la valoración de la primera prueba, se dice que “sólo será calculada cuando la puntuación obtenida en cada una de de las partes sea igual o superior a 1.25”. Esto implica de facto que a estas personas se les valora con un “cero” en las listas de aspirantes a interinidad, como ya ocurrió en las convocatorias de 2014 y 2015, lo cual repercute muy negativamente en el baremo de estas listas. En este sentido, consideramos que sería más correcto recogerlo tal como está en Cantabria, donde solamente se hace referencia a que estos aspirantes que no cumplan con estas condiciones no podrán continuar la segunda prueba de los procesos selectivos.

Por otra parte, no se establece la posibilidad de reclamar contra las puntuaciones de la primera prueba. Al ser fases eliminatorias, un error por parte del tribunal a la hora de calificar la primera parte puede dejar injustamente fuera del proceso a la persona aspirante. En Cantabria se recoge esta posibilidad y lo redactan de la siguiente manera: “Contra las puntuaciones obtenidas, los aspirantes podrán interponer reclamación ante el tribunal en el plazo de dos días hábiles. Dicha reclamación deberá ser presentada ante el propio tribunal en las mismas sedes en que se hayan celebrado las pruebas”.

Anexo I-A (Ap.3.2.1.),  considerar la participación en cursos o actividades de formación en calidad de director/a, coordinador/a, ponente o docente, tal como ocurre en otros territorios.

OTRAS PROPUESTAS:

Realizar un único sorteo de temas: que todos los tribunales de la misma especialidad tengan que desarrollar el mismo tema y la misma prueba práctica.
En la prueba práctica, realizar un sorteo entre diferentes ejercicios propuestos y ofrecer en ellas diferentes opciones a elegir por los aspirantes.
No realizar reparto de plazas por tribunal. Si todos los aspirantes desarrollan el mismo tema y la misma prueba práctica y, además, son públicos los criterios de calificación, lo normal es que obtengan plaza las personas que obtengan las mejores calificaciones.
En el apartado II “Formación académica”, considerar como mérito las titulaciones de Grado. En algunas CCAA se tienen en cuenta. Por poner un ejemplo, en Castilla y León.
Tener en cuenta los títulos de Especialista o Experto en asturiano como títulos propios de la Universidad de Oviedo, de la misma manera que se tienen otros títulos de postgrado.
En aras de alcanzar la mayor transparencia y al mismo tiempo respetar la intimidad y privacidad con algunos datos sensibles de los opositores, establecer un sistema con claves de acceso para que los aspirantes puedan acceder tanto al baremo como a las notas obtenidas en las diferentes pruebas. Se respetará que puedan acceder solamente a los datos de los candidatos de su especialidad.

Uviéu, 21 de marzu de 2016

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