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I. PREVIO
Una vez más, esta Organización Sindical presenta una serie de propuestas que consideramos que sin duda mejorarían los procesos selectivos y que darían mayores garantías a las personas aspirantes. Consideramos que son propuestas sensatas, muchas de ellas recogidas en las convocatorias de otras CCAA y, en muchos casos, responden a las peticiones que un año tras otro nos trasladan las personas aspirantes y miembros de tribunales.
II. PROPUESTAS GENERALES
Denunciamos que no aparece ninguna plaza de LLingua Asturiana y Gallego Asturiano en la convocatoria de concurso oposición de estabilización incumpliéndose la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Proponemos que la Administración dé instrucciones claras para que los tribunales propongan pruebas asequibles, objetivas y equilibradas y que se exija que los criterios de valoración y calificación sean claros, realistas y objetivos.
Desde SUATEA seguimos defendiendo que no sea necesario presentarse al proceso selectivo para continuar en las listas de interinidad. No obstante, si esto no fuera posible, solicitamos que cualquier persona que se presenta a la prueba A no tenga la obligatoriedad de realizar la lectura ni la presentación de la parte B para mantenerse en listas de interinidad.
III. ALEGACIONES AL BORRADOR Artículo 2. Requisitos específicos
Solución al profesorado de FP que no pueda presentarse a este proceso selectivo por no ajustarse a los requisitos de titulación exigidos
Artículo 3. Solicitud de participación
Planteamos que se mantenga el procedimiento mixto de presentación de solicitudes tanto de forma electrónica como presencial, ambos procedimientos válidos según la ley 39/2015
Las tasas por derechos de examen en Asturias son demasiado elevadas respecto a la mayoría de CCAA. Proponemos que se contemple la exención de tasas en caso de personas en situación legal de desempleo, de personas con discapacidad acreditada, familias numerosas, víctimas de violencia de género, etc.
Artículo 5. Órganos de selección
Proponemos introducir una referencia a las condiciones laborales de los y las miembros de tribunales, poniendo un límite de horas diarias. Esto favorecerá también la labor evaluadora que tienen que ejercer.
Composición de los tribunales. En lo relacionado con las dispensas para formar parte de los tribunales, proponemos que se incluyan como causas de exención: estar en situación de permiso de maternidad o paternidad, adopción o acogimiento, o acumulación de lactancia; tener concedido permiso de reducción de jornada; riesgo durante el embarazo; permisos por matrimonio cuando las fechas de disfrute coincidan con el proceso selectivo; quienes tengan hijo o hija menor de tres años o personas dependientes de primer grado a su cargo; por haber ejercido como vocal titular de tribunal en la última convocatoria de oposiciones. En la mayoría de CCAA se recogen estas posibilidades.
En lo referente a las funciones de los órganos de selección, se dice que “aplicarán en su actuación principios de austeridad y agilidad en el desarrollo de los procesos selectivos”. Proponemos que se eliminen esos principios, pues los tribunales deben trabajar con medios materiales, entorno favorable y el tiempo oportuno para realizar su función de forma adecuada.
Entre las funciones de la Comisión de selección, introduce que deben publicar los criterios de evaluación, de calificación y de penalización de las distintas pruebas en un tiempo no inferior a 10 días antes del comienzo de las pruebas. Proponemos que se garantice la publicación con al menos 1 mes de antelación para que permita que los aspirantes puedan realizar el desarrollo de las pruebas conforme a esos criterios sin verse sometidos a la improvisación.
Artículo 6. Desarrollo del concurso-oposición
Inicio. SUATEA propone que se realice acto de presentación común y obligatorio para todos los aspirantes de cada especialidad. En este acto se pueden aclarar dudas sobre criterios de corrección, valoración de las pruebas y el material necesario para las mismas (aspectos publicados previamente en educastur). Además, facilitará a los tribunales que tomen las medidas organizativas que consideren necesarias, incluidas las de aspirantes con discapacidad.
6. 2. Desarrollo. En cuanto a los motivos que justifiquen la no comparecencia al llamamiento único, se incluyen la hospitalización por motivos de embarazo y/o parto exclusivamente. Hay muchas causas de fuerza mayor que pueden justificar la no comparecencia. Proponemos que se incluyan como motivos justificados otras causas de fuerza mayor (fallecim iento fam iliares de prime r grado , inte rvencio nes quirúrgicas… ) . No es de recibo que alguien pierda su puesto de trabajo por cualquier circunstancia vital adversa que le impida realizar los procesos selectivos.
Artículo 7. Sistema de selección
Fase de oposición.
En cuanto a la lectura obligatoria de la parte A ante el tribunal, proponemos que los ejercicios escritos sean leídos y valorados por los tribunales, salvaguardando el anonimato a través de un sistema de plicas. Asturias es una Comunidad Autónoma muy reducida y no se puede obviar que es fácil que se puedan conocer algunos aspirantes y miembros del tribunal, lo que iría en contra del principio de igualdad que debe primar en cualquier proceso de este tipo. En muchos territorios (Cantabria, Andalucía, La Rioja, País Vasco, País Valenciano, Castilla la Mancha, etc.) no se realiza lectura pública para preservar el de la primera prueba y así aparece reflejado en las respectivas convocatorias. El propio RD 276/2007 establece en su artículo 10.1h) esta posibilidad: “En aquellas pruebas escritas en las que no se requiera la exposición oral por el candidato o lectura ante el tribunal, deberá garantizarse el anonimato de los aspirantes”.
Sugerimos la sentencia de la Sala contencioso-administrativa del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 2017 (rec. 1553/2015), que sostiene que debe garantizarse el anonimato de los aspirantes.
Explicitar en la convocatoria en qué consistirá la parte B para algunas especialidades del cuerpo de maestros como las de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje
En relación con la prueba B2 ejercicio de carácter práctico, solicitamos el desglose de especialidades en las que se llevará a cabo esta prueba y se explicite lo más detalladamente posible el contenido de las mimas. Además, proponemos que haya dos opciones para que el aspirante elija una. Tampoco consideramos necesario delimitar el
tiempo máximo de esta prueba a dos horas y proponemos que el tribunal pueda decidir ampliarla a 3 ó 4 horas.
Artículo 8. Calificación
Respecto a la ponderación de las dos partes proponemos 40% parte A y 60% parte B en aquellas especialidades en las que no existe ejercicio de carácter práctico.
Anexo A:
En el apartado II “Formación académica”, considerar como mérito las titulaciones de Grado, tal como ocurre en otras CCAA.
En las especialidades de latín y griego puntúen los años trabajados por Cultura Clásica con 0,7 puntos
En las especialidades de Llingua Asturiana y Gallego-asturiano se le cuente esa experiencia en Primaria e Infantil (para el cuerpo de maestros) y en Lengua Castellana y Literatura o la materia lingüística según la especialidad de cada aspirante (secundaria), al no tener posibilidad alguna de estabilizarse por su especialidad, por no existir (0,7 puntos). Tener en cuenta los títulos de Especialista o Experto en asturiano.
Considerar la participación en cursos o actividades de formación en calidad de director/a, coordinador/a, ponente o docente, tal como ocurre en otros territorios.
Clarificar la situación del profesorado con nivel avanzado de idiomas B2 ya que en la convocatoria solo consta para su baremación el nivel C1 cuando se da la paradoja de que hay docentes en estos momentos dando las asignaturas en bilingüe en la actualidad y hasta el año 2017 este nivel era el avanzado
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