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Cada vez con mayor frecuencia aparecen centros educativos que plantean como actividad de obligada asistencia un acto militar de izado de la bandera del Reino de España. Desde SUATEA creemos necesario proceder a una reflexión sobre este asunto.
La promulgación de diferentes leyes educativas, 8 leyes diferentes en cuarenta años, siempre ha suscitado profundos desencuentros políticos, especialmente a la hora de concretar las materias y contenidos referidos a la adquisición de valores democráticos. Tanto es así que la derecha y la ultraderecha han lanzado campañas contra la implantación de asignaturas como “Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos” y “Educación en Valores cívicos y éticos”, desde acusaciones de adoctrinamiento hasta fobias delirantes. Sin embargo, entre los fines de la educación, recogidos en el artículo 2 de la ley orgánica en vigor, se encuentran: la formación para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos; la educación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas por razón de nacimiento, origen racial o étnico, religión, convicción, edad, de discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, o cualquier otra condición o circunstancia; la preparación para el ejercicio de la ciudadanía, para la inserción en la sociedad y para la participación activa en la vida económica, social y cultural, con actitud crítica y responsable.
Entonces ¿por qué se impone la obligación de participar en una actividad de carácter militar cuando el alumnado puede tener ideas pacifistas? Desde 1984 el Estado dio una alternativa a quienes no querían formar parte de actividades de carácter militar. Con la ley de objeción de conciencia entendimos que, si bien las fuerzas armadas debían de servir a toda la ciudadanía, no toda la ciudadanía tenía que participar de lo militar ya que esto chocaba con la libertad de conciencia garantizada por la Constitución. La rendición de tributo a un símbolo, aunque sea un símbolo constitucional, es difícilmente conjugable con los derechos y libertades políticas y de conciencia. Y decimos rendición de tributo porque, si bien la bandera del Reino de España ya está presente, por ley, en todos los centros civiles públicos, el acto de izarla es un acto militar que tiene un carácter de reverencia ante dicho símbolo.
Por otro lado, si el objetivo de este acto es un reconocimiento a la actividad laboral desarrollada por las Fuerzas Armadas, nos preguntamos por qué tenemos que hacer un reconocimiento especial a una actividad laboral y no al resto como, por ejemplo, el servicio de ayuda a domicilio, el de atención primaria, el de emergencias, etc. ¿Tal vez se pretenda ensalzar los valores militares? El 9 de junio de 2022, el Ministerio de Educación de Rusia aprobó una norma mediante la cual se insta a las escuelas a que, al inicio de cada semana, icen la bandera nacional y canten el himno. Algo que, según su ministro, ya estaban haciendo algunos centros educativos por iniciativa propia,…
Si se trata de una situación para el aprendizaje de los símbolos constitucionales, tampoco consideramos necesario un evento de estas características, ya que la enseñanza de los mismos tiene cabida en otros contextos de aprendizaje sin llevar a cabo actos militares de exaltación, del mismo modo que en la asignatura de Historia se trata la influencia en la Historia de España del cristianismo y del islam sin necesidad de llevar al instituto a un sacerdote o a un imán, ni de obligar al alumnado a participar en sus respectivos rituales.
Desde el SUATEA defendemos la educación para la paz y la resolución pacífica de los conflictos y denunciamos la participación de las fuerzas armadas en los centros educativos.
El Secretariáu del SUATEA.
Uviéu, 30 de mayo 2023
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