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El jueves, 3 de marzo, se reunió una Mesa Técnica en la que hemos participado los sindicatos con representación en la Mesa Sectorial de Educación, la Consejería de Educación y Función Pública. El objeto de la misma era defender las reclamaciones presentadas por los centros referidas a la plantilla orgánica previstas por la Consejería para el próximo curso.
Para SUATEA, además, tanto esta mesa técnica como la posterior Mesa de negociación que se celebró este lunes tienen un significado trascendental, pues planteamos a la Administración dos preguntas con las que aclarar las irregularidades que se vienen cometiendo año tras año con una propuesta de plantilla que, además de deficitaria es virtual, o lo que es lo mismo: no responde a las necesidades reales de nuestro sistema educativo, ni es acorde con su definición legal, que dice: “ (la plantilla) está constituida por los puestos de trabajo de los cuerpos docentes que, dotados presupuestariamente, se adscriben a cada centro público y son necesarios para el desarrollo de la programación general de la enseñanza, de acuerdo con sus correspondientes unidades”.
Las preguntas y sus respuestas fueron las que siguen:
- ¿Cuántos puestos de la plantilla orgánica están ocupados por personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes no universitarios actualmente? Respuesta: 7.817
- ¿Cuántos puestos de la plantilla orgánica están siendo ocupados por personal temporal interino? Respuesta: 1.411
Con estas cifras podemos constatar lo que desde SUATEA venimos denunciando en nuestros comunicados y movilizaciones desde hace tiempo: el abuso en la contratación de personal interino para cubrir puestos de naturaleza estructural de la plantilla orgánica, que desempeñan funciones propias de profesorado de carrera y que no se pueden justificar por razones de necesidad y urgencia. Esta irregularidad constituye el fraude por el cual SUATEA, en solitario, o con organizaciones sindicales minoritarias, exige la consolidación del profesorado interino. Es una cuestión de justicia: como reconocimiento al trabajo desempeñado durante años por el profesorado interino, que tiene, o debería tener, derechos adquiridos y, también, como resarcimiento al abuso cometido por la excesiva temporalidad en su contratación. Se nos ha acusado, tanto desde la Administración como desde otras fuerzas sindicales, de presentar alternativas irreales, incluso inconstitucionales, como el concurso de méritos, que se situaban fuera de la legalidad, asegurando que la única salida para la estabilización era someterse a un proceso de oposiciones de libre concurrencia. La lucha nos dio la razón y hoy nos encontramos con un marco jurídico que posibilita el concurso de méritos que las otras organizaciones sindicales consideraban inviable.
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el sector público obliga a poner fin a una forma de actuar tan consolidada como fraudulenta, por eso resulta urgente acabar con esa plantilla orgánica virtual, y las razones fundamentales son:
- Determinar el número de plazas (cuantiosas, como veníamos denunciando desde SUATEA y que ahora se pueden deducir de las respuestas dadas a nuestras preguntas) con las que resarcir al personal interino de los abusos cometidos en su contratación temporal, mediante los procesos de estabilización contemplados por la actual Ley 20/2021, o bien por lo que determinen los tribunales.
- Contar con plantillas estables y abundantes con las que ofertar una educación de calidad y poder afrontar los retos educativos venideros.
Respecto a la propuesta de las plantillas orgánicas para el curso 2022/23, la Consejería de Educación informó de haber recibido 144 alegaciones de los centros educativos. De ellas, fueron aceptadas sólo 20 en su totalidad y 25 parcialmente. Tras la mesa técnica celebrada el jueves se aceptaron 11 reclamaciones más. Estas cifras muestran cómo la Consejería de Educación desatiende las necesidades reales que reclaman las direcciones de los centros utilizando, casi exclusivamente, argumentos basados en la restricción del gasto que, además, no se aplican por igual a todos los centros, y que poco tienen que ver con la calidad educativa a la que tiene derecho el alumnado: docencias compartidas, desdobles u otro tipo de apoyos.
En conclusión, desde SUATEA rechazamos la actual propuesta de plantilla orgánica:
- Porque es insuficiente y no atiende a las necesidades reales.
- Porque no cumple con los principios reguladores de lo que debe ser una plantilla orgánica, al contabilizar en ella un número muy elevado de plazas que están siendo ocupadas por personal interino.
- Porque debería consolidar su empleo formando realmente parte de la plantilla orgánica.
- Porque no va a permitir la reducción de la jornada lectiva máxima a 23 horas en el Cuerpo de Maestros como recomienda la ley.
- Porque no va a permitir la reducción en 2 horas semanales de la jornada lectiva para el profesorado mayor de 55 años.
- Porque no incluye puestos de Lengua Asturiana y Gallego-Asturianu, y ello pese a ser evidente la estructuralidad de estas plazas.
- Porque mantiene la deuda pendiente con la inclusión educativa al no contar con puestos suficientes para atenderla.
En Uviéu a 7 de marzo de 2022
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