ACUERDO DE PLANTILLA PARA CC.PP. DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA, SUSCRITO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES
En Oviedo, a siete de septiembre de 2000, reunidos en la Sala de Juntas de la Consejería de Educación y Cultura; por parte de la Administración del Principado de Asturias asiste el Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura, D. Javier Fernández Vallina; y por parte de las Organizaciones Sindicales: D. Antonio González Abúlez, en representación de CC.OO.; D. Justo Vilabrille Linares, en representación de FETE-UGT; D. Norberto Martín Gómez, en representación de SUATEA; D. Jesús Álvarez García, en representación de ANPE y D. Juan Manuel Rubio González, en representación de CSI-CSIF.
ACUERDAN
1.- Introducción
El modelo pedagógico que propugna la L.O.G.S.E. incorpora la atención a la diversidad y la compensación de desigualdades como principios básicos de la misma con el objeto de mejorar una educación de calidad para todos. Para ello otorga a los Centros educativos autonomía pedagógica y organizativa para llevar a cabo sus proyectos. En consecuencia se deberá establecer un marco organizativo flexible que responda a las necesidades de los Centros y favorezca el desarrollo de los principios contenidos en la citada norma. Para ello se concreta un modelo de catálogo de puestos de trabajo que permitirá favorecer el trabajo en equipo y en colaboración de los maestros, desde una perspectiva de racionalización de los recursos humanos, en orden a la estabilidad del profesorado; evitando en la medida de lo posible las itinerancias de los maestros, y propiciando un modelo de sustituciones más ágil que permita cubrirlas en el menor tiempo posible.
Siendo este el objetivo final, no podemos perder de vista la situación actual de las plantillas de nuestros centros. La aproximación a este modelo se efectuará, por tanto, de forma gradual.
Por ello y como primer paso se realiza la siguiente propuesta sobre:
” Plantillas básicas para C.P. de Educación Infantil y Primaria.
” Criterios para incrementar la plantilla básica.
2.- Plantillas Básicas de Colegios Públicos de Educación Infantil y Educación Primaria a aplicar en tres años.
2.1.- Criterios utilizados para la elaboración de la plantilla básica de los Colegios de Educación Infantil y Primaria:
- Establecer una plantilla propia para cada centro, que evite en lo posible itinerancias y puestos compartidos.
- Diseñar una plantilla básica que permita cubrir las necesidades horarias de las áreas curriculares, de la dirección de los centros; haciendo posible la extensión de la Lengua Extranjera en el Primer Ciclo de Educación Primaria y en Segundo Ciclo de Educación Infantil.
- Asignar 1 maestro de apoyo en Educación Infantil a partir de 3 unidades y 2 maestros de apoyo a partir de seis unidades.
- Asignar especialistas de Lengua Asturiana en todos los Centros con demanda para hacer posible su oferta en todos los centros, que se intentará incluir en plantilla orgánica siempre que el marco legal lo permita, y en caso contrario, adoptando fórmulas que favorezcan la estabilidad de este puesto de trabajo.
- Todos los Centros dispondrán de especialista de PT a tiempo total o compartido, con un límite máximo de 2 Centros, tanto para tareas de rehabilitación como de prevención.
- Todos los Centros dispondrán de especialista de AL a tiempo total o compartido por 2 Centros y excepcionalmente por tres; tanto para tareas de rehabilitación como de prevención.
- Disponer de 10 horas de liberación de horario de maestros para la coordinación de las Nuevas Tecnologías, y entre 6 y 10 horas para el Programa de Apertura de Centros.
2.2.- Cuadro de plantilla básica:
INF.-PRIM. | INF. | PRI. | FI. | EF. | MU. | LA. | PT. | AL. | TOTALES | |||
3 | 6 | 4 | 6 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 4 | 11 | 15+AL |
7 | 7 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 12 | ||||
8 | 8 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 14 | ||||
9 | 9 | 2 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 16 | ||||
10 | 10 | 2 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 17 | ||||
11 | 11 | 2 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 18 | ||||
6 | 12 | 8 | 12 | 2 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 8 | 19 | 27+AL |
13 | 13 | 2 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 20 | ||||
14 | 14 | 2 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 21 | ||||
15 | 15 | 3 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 23 | ||||
16 | 16 | 3 | 2 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 24 | ||||
17 | 17 | 3 | 3 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 26 | ||||
9 | 18 | 11 (10+1 FI) |
18 | 3 | 3 | 1 | 1 | 1 | 1/C | 11 | 27 | 38+AL |
2.3- Criterios para Plantilla Básica de las Escuelas de Educación Infantil.
- Se dotará de un maestro de Educación Infantil por unidad.
- Hasta 4 unidades, 1 de apoyo.
- De 5 a 7 unidades, 1 de apoyo de Educación Infantil + 1 de Filología Inglesa + 1 de Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje.
- De más de 7 unidades, 2 de apoyo de Educación Infantil + 1 de Filología Inglesa + 1 de Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje.
- Criterios para incrementar la plantilla básica.
Además de los maestros asignados con carácter general, podrán asignarse nuevos puestos de trabajo a los centros de acuerdo con los siguientes criterios:
3.1.- Atención a la diversidad:
Segundo especialista de Pedagogía Terapéutica:
- Cuando el número de alumnos con dictamen de escolarización como ACNEE sea superior a doce o inferior en función de las necesidades educativas de los alumnos. Este segundo especialista podrá ser compartido por dos centros.
Maestro de Apoyo para Compensación Educativa:
- En centros que escolaricen alumnos que precisen una actuación compensatoria de las desigualdades y que tengan aprobado el Programa de Compensación de desigualdades socioeducativas, un maestro hasta veinticinco alumnos o inferior en función de las necesidades educativas de los alumnos.
Orientadores:
- Una vez definido el Modelo de Orientación Educativa en el Principado de Asturias, que será debatido con los Sindicatos, se contemplará la asignación de Orientador en C.P. de Educación Infantil y Primaria.
3.2.- Lengua Asturiana
En función de las necesidades horarias se puede incrementar el número de maestros de Lengua Asturiana, pudiendo en este caso ser compartidos.
4.- Centros Incompletos y C.R.A.s.
En la plantilla orgánica se incluirán las plantillas de los Centros de estas características.
4.1.- Criterios para fijar unidades en Centros Incompletos y CRAs.
Ratio máxima | |
A.- Unidades que agrupen Infantil y Primaria | 1/12 |
B.- Unidades que agrupan la Etapa Infantil (3, 4 y 5 años) | 1/16 |
C.- Unidades que agrupan Infantil y un ciclo de Primaria | 1/12 |
D.- Unidades que agrupan un solo ciclo de Primaria | 1/20 |
E.- Unidades que agrupan más de un ciclo de Primaria | 1/16 |
Aunque se establece una ratio inferior a cuatro alumnos para la clausura de una escuela unitaria, este número será indicativo, pudiendo no tenerse en cuenta en algunas situaciones que lo desaconsejen por dificultades de escolarización de los alumnos.
4.2.- Colegios Rurales Agrupados.
Estos Centros serán objeto de un tratamiento singular de acuerdo con sus características.
Se incluirá apoyo en Educación Infantil con carácter general y Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje a tiempo total o compartido.
4.3.- Criterios para definición de Plantilla Básica en Centros Incompletos.
- Por cada unidad de los siguientes tipos, un maestro de:
UNIDAD | MAESTRO/A |
1 A | PR |
1 B | INF |
1 C | INF |
1 D | PR |
1 E | PR |
2 D | PR |
3 D | PR |
- El resto de las especialidades correspondientes se atenderán con maestros itinerantes.
4.4.- Criterios para incrementar las plantillas básicas en Centro Incompleto.
- Atención a la diversidad.
Especialistas de AL, PT y maestros de apoyo para compensación educativa, de acuerdo con las necesidades del Centro.
5.- Calendario de aplicación de plantilla básica
Tomando con referencia el Pacto por la Educación Asturiana y desde la perspectiva de mejorar las condiciones laborales del profesorado y de iniciar un proceso de recolocación de maestros suprimidos, se avanza un calendario de actuaciones que permitirá la estabilidad del profesorado y de los equipos pedagógicos en los diversos Centros docentes, para lo cual se constituirá al momento de la firma una comisión de seguimiento, integrada por los Sindicatos firmantes, para el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
Curso escolar 2000-01
- Determinación de plantillas funcionales de acuerdo con el referente de la plantilla básica, evitando las supresiones y declarando, en su caso excedentes de horario.
- Determinación de la plantilla básica en Centros de Educación Especial.
- Iniciar la negociación con Sindicatos tendente a reducir el horario de maestros hasta 21 horas lectivas.
- Aplicación de la plantilla básica a las Escuelas de E. Infantil.
- Dotación de maestros de apoyo a EI en el 100% de los CRAs, así como maestro de PT en aquéllos que escolaricen alumnos con necesidades educativas especiales.
- Oferta de la experiencia de Idioma Extranjero en el 100% de las Escuelas de E. Infantil y en los Colegios de Primaria.
- Aplicación de un 40% de la plantilla básica.
- Dotación de maestro de apoyo a los Colegios a partir de 3 unidades en Educación Infantil en el porcentaje correspondiente.
- Reducir en el porcentaje correspondiente las itinerancias PT y AL.
Reducir las itinerancias de Compensatoria en los Centros acogidos a este Programa. - Definir el modelo de Orientación y el calendario de aplicación.
Curso escolar 2001-02
- Determinación de plantilla orgánica para todas las Escuelas de E. Infantil y Colegios de Primaria, Centros Incompletos y CRAs, y adscripción de maestros suprimidos.
- Aplicación de un 80% de la plantilla básica.
- Reducir en el porcentaje correspondiente las itinerancias de PT y AL.
- Reducir las itinerancias de Compensatoria en los Centros acogidos a este Programa.
- Dotación de maestros de apoyo a E.I. a partir de 3 y 6 unidades de E.I. en el porcentaje correspondiente.
Curso escolar 2002-03
- Aplicación del 100% de la plantilla básica a todos los Centros de Primaria.
- Dotación de maestros de apoyo a E.I. a partir de 3 y 6 unidades de E.I. en el 100% de los Centros.
- Ajustar las itinerancias de PT y AL, de acuerdo con los criterios establecidos.
- Ajustar las itinerancias de Compensatoria en los Centros acogidos a este Programa, de acuerdo con los criterios establecidos.