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Teletrabajo no es conciliación
El teletrabajo ha tenido una gran expansión durante el confinamiento como alternativa al trabajo presencial. Este trabajo lo ejercemos los sectores mayoritariamente feminizados: servicios de atención al cliente, trámites administrativos o enseñanza.
El teletrabajo ha sido durante el estado de alarma ha sido una herramienta para mantener a flote y en forma al sistema capitalista y no para prevenir riesgos en los trabajos esenciales.
De forma paralela, las mujeres hemos tenido que seguir cuidando a personas dependientes, alargando nuestras jornadas laborales, realizando tareas por la noche y “flexibilizando” los horarios de tal manera que la disponibilidad total se acaba convirtiendo en norma. Nos encontramos, entonces, con una nueva realidad: el teletrabajo ha sido adicional al trabajo de cuidados que mayoritariamente asumimos las mujeres.
Lejos de ser un tipo de trabajo que permite la corresponsabilidad de los cuidados, sobreexplota las mujeres y conlleva efectos graves para nuestra salud: estrés, depresión por aislamiento y alteración de los biorritmos entre otros.
El teletrabajo ha puesto una vez más en evidencia la desigualdad entre trabajadoras: no todos los hogares están equipados en cuanto a espacios, dispositivos o conexión a internet.
También, y esto es necesario destacarlo, supone una merma del aspecto relacional y de socialización del trabajo, impidiendo el contacto con otras compañeras y compañeros: de esta manera se merma la fuerza de la unión para luchar contra las discriminaciones laborales y los convenios precarios.
Se ha demostrado durante el estado de alarma que el teletrabajo NO es una herramienta de conciliación como el trabajo tampoco lo es.
Es necesaria una regulación que garantice los derechos de las trabajadoras y la corresponsabilidad con los cuidados. Desde el Nodo Feminista del Plan de Choque Social exigimos que exista un plan de contingencia respecto al teletrabajo por parte de las instituciones cuando no se pueda funcionar con normalidad, y que se ofrezcan centros de día, redes institucionales de cuidados para atender a menores, actividades formativas, así como acciones que garanticen la conciliación familiar y laboral.
Los acuerdos y convenios de empresa deben garantizar horarios adecuados de teletrabajo, tal y como lo hacen con el trabajo presencial. Si esto no ocurre, continuaremos estando a entera disposición de nuestra empresa, en una nueva forma de esclavitud: esclavitud telemática
Teletrabajar supone, en muchos casos, tener que ampliar jornada. Por lo tanto, para atender las tareas del hogar y de los cuidados se precisará contratar a alguien. Esa persona también deberá estar en situación regular amparada por la ratificación del convenio 189, tarea pendiente del estado español con las trabajadoras y trabajadores domésticos (véase campaña: https://bit.ly/Convenio189OIT)
Las mujeres tenemos mucho que decir respecto a esta cuestión para que de nuevo, no se nos explote e invisibilice.
Organización de mujeres de la Confederación Intersindical 22 de junio 2020
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