SUATEA gana contencioso por los impagos al profesorado itinerante

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SUATEA GANA CONTENCIOSO RECLAMANDO A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN LOS IMPAGOS POR ITINERANCIA DE TODO EL CURSO 2015-16

El juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de Oviedo, en sentencia 00226/2016, de 7 de noviembre de 2016 reconoce, a dos itinerantes representados por los servicios jurídicos de SUATEA, el derecho a cobrar todo lo que la Consejería de Educación le detrajo en el curso 2015-2016, consecuencia de la intrepretación torticera e interesada (ahorro de dinero) que ésta viene haciendo del “Acuerdo sobre las condiciones de trabajo del profesorado itinerante de 2001”.

En el  apartado 5.1 del acuedu, según el Magistrado juez, se dan claramente los criterios para el cálculo de las indemnizaciones  que se recibirán en función de los  km contabilizados para la ida  y vuelta de los recorridos por las escuelas a las que se itinera, teniendo como punto de salida y llegada de la jornada laboral el centro en el que  fue nombrado el profesorado. Ese es el único referente que se debe de tener en cuenta para el cálculo de la indemnización económica por itinerancia según la sentencia y no los subterfugios argumentados por la admininstración para acortar recorridos y ahorrar dinero:

“En este sentido deben rechazarse las interpretaciones forzadas tanto desde el punto de vista presupuestario como indemnizatorio y parece apropiado y prudente y eficaz tener en cuenta una regla tan sencilla como la del Acuerdo para racionalizar actuación de los propios profesores.

Pero es que, además, la aplicación del principio de seguridad jurídica y, en particular, la confianza legítima de los funcionarios sometidos al régimen de itinerancia educativa impide un cambio de la interpretación de un Acuerdo que hasta el curso anterior se aplicaba pacíficamente.”(literal contenido en el fundamento de derecho quinto de la sentencia).

Con fecha 3 de octubre de 2016, la Consejería Educación mandó a las direcciones de los centros, unas intrucciones de cumplimentación de los partes de indemnización económica por itinerancia, en las que se aplican exactamente los criterios echados abajo por la sentencia anterior. Antes de conocerse esta sentencia, SUATEA presentó, el 27 de octubre de 2016, un recurso de reposición contra estas instrucciones, que desde nuestro punto de vista son contrarias a derecho.

Por todo lo expuesto, desde SUATEA exigimos a la Consejería Educación:

  • Cumplimiento de la legislación vigente: “Acuerdo sobre las condiciones de trabajo del profesorado itinerante”.
  • El pago inmediato a todo el profesorado itinerante de todo el dinero que se le detrajo en el curso 2015-16 con argumentaciones contrarias a derecho.
  • Retirada de las “Instrucciones para cumplimentar el impreso de orden de comisión de servicio para profesorado itinerante y otros desplazamientos de personal docente” de 3 de octubre de 2016.
  • El pago de las indemnizaciones por itinerancia de este curso 2016-17 acorde con el “Acuerdo sobre las condiciones de trabajo del profesorado itinerante”.
  • La mejora de las condiciones económicas y de trabajo del profesorado intinerante: aumento de la indemnización económica por Km,  pago mensual de los gastos por itinerancia, complementación hasta cobertura a todo riesgo del seguro del vehículo del personal itinerante con sustitución del vehículo siniestrado durante su reparación …

 

El secretariado de SUATEA

Oviedo, 9 de noviembre de 2016

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