Certificaci贸n negativa Registro Central delincuentes sexuales. Personal docente

Esta entrada est谩 disponible en: Asturianu (Asturiano)

La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificaci贸n del sistema de protecci贸n a la infancia y a la adolescencia ha dado una nueva redacci贸n al art铆culo 13, de la Ley Org谩nica 1/1996, de 15 de聽enero, de Protecci贸n Jur铆dica del Menor, de modificaci贸n parcial del C贸digo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en la que se a帽ade, entre otros, un apartado 5 que establece que:聽Ser谩 requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por alg煤n聽delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresi贸n y abuso sexual, acoso sexual y corrupci贸n de menores, as铆 como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda聽el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deber谩 acreditar esta circunstancia mediante la aportaci贸n de una certificaci贸n negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

Personal docente

Debido al contacto habitual con menores en el desarrollo del trabajo diario el personal docente est谩 claramente incluido en esta nueva exigencia normativa. Por ello establecemos ahora el聽procedimiento de recogida de datos e informaci贸n respecto del personal docente que ya est谩 en el ejercicio de su actividad profesional. En este sentido, en las convocatorias semanales de聽personal interino ya se est谩 desarrollando el procedimiento para dar cumplimiento a este requisito, antes de la firma del nombramiento o contrato e igualmente ya est谩 previsto el聽procedimiento a seguir en el caso de personal de nuevo ingreso a trav茅s de los procedimientos selectivos.

Por tanto, estas instrucciones precisan las actuaciones necesarias a desarrollar en los centros educativos para garantizar el cumplimiento del requisito de acreditaci贸n de certificaci贸n聽negativa del Registro Central de delincuentes sexuales por parte del personal docente que ya se encuentra en activo, fij谩ndose como plazo hasta el pr贸ximo 20 de junio, para desarrollarlas.

Procedimientos para acreditar la certificaci贸n negativa

Se establecen dos procedimientos b谩sicos, a opci贸n de cada trabajador:

  • Solicitud de esta certificaci贸n negativa directamente por la persona interesada en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que posteriormente entregar谩 en el Servicio de Gesti贸n聽Administrativa de esta Direcci贸n General.
  • Autorizaci贸n, mediante el modelo adjunto establecido al efecto, a la Consejer铆a de Educaci贸n y Cultura, para que se realice la consulta directamente por la Administraci贸n.

Modelo de consentimiento (pdf editable)

Equipos directivos de centros educativos

Los equipos directivos deber谩n colaborar en este procedimiento responsabiliz谩ndose de trasladar los datos de todo el personal docente del centro, con independencia de su vinculaci贸n laboral o funcionarial, a los documentos (hojas Excel) que han sido remitidos a los centros educativos por Bolet铆n oficial (18 de mayo) de la Consejer铆a de Educaci贸n y Cultura, siguiendo las instrucciones
establecidas.

Dada la importancia del cumplimiento de esta normativa se solicita la m谩xima diligencia en la tramitaci贸n de este procedimiento.

Documentaci贸n

Dudas y aclaraciones

Servicio de Relaciones Laborales de la Consejer铆a

  • Tel茅fono: 985 66 81 37
Print Friendly, PDF & Email

Esta entrada est谩 disponible en: Asturianu (Asturiano)